Actualmente la legislación castiga delitos relacionados al peculado, pero no establece la recuperación de los activos

“Si un funcionario público comete peculado o cohecho, se perseguirá sólo el delito, pero no habrá decomiso de los bienes, no se atacará a la estructura financiera”, explicó el investigador invitado del Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) José Fernández de Cevallos durante su participación en el Foro “Extinción de Dominio. ¿Freno a los delitos por corrupción?”.

En el marco de la discusión de la Ley General en materia de Extinción de Dominio que lleva a cabo el Senado de la República, el INACIPE abrió un espacio de discusión sobre el tema, en el que Fernández de Cevallos, especialista en temas de Delincuencia Organizada Transnacional y corrupción y Estado de Derecho advirtió sobre la urgente necesidad de analizar y establecer normativas que permitan superar la crisis de corrupción e impunidad que prevalece en el país.

Por su parte, el Director General del INACIPE, Gerardo Laveaga, al inaugurar el evento académico donde también participaron el Senador de la Republica Miguel Ángel Mancera Espinosa, la Directora de TOJIL. Estrategia contra la impunidad, Estefanía Medina Ruvalcaba, puso sobre la mesa de análisis el revertir la carga de la prueba en los casos en donde haya indicios de corrupción.

“Que sea la persona, político o servidor público quien tenga que probar cómo se hizo de esa casa, de esos departamentos y esos lujos excesivos que saltan a primera vista. De otra manera es muy complicado”.

Aunado a ello, Fernández De Cevallos explicó que el nulo avance del combate a la corrupción es posible verificarlo con el Índice Global de Percepción de Corrupción de 2014, en donde México se ubicó en el lugar 128 de los 175 países, mientras que la calificación obtenida entonces fue de 35 puntos sobre 100, mientras que en 2018 y luego de crearse  el -inacabado- Sistema Nacional Anticorrupción la estadística elaborada por el organismo Transparencia Internacional colocó a nuestro país en el lugar 133 y lo calificó con 30 puntos de los 100 posibles.

La corrupción, dijo, involucra delitos de orden socioeconómico. Por ello es necesario voltear a ver y atacar la estructura financiera de los delitos de corrupción mediante el fortalecimiento de las figuras que existen al efecto, como el decomiso y la extinción de dominio.

“El hecho de que la persecución de delitos de corrupción como peculado o cohecho no incluyan la confiscación de bienes emite un mensaje, tanto a gobernados como autoridades, de que existe libertad para delinquir, pues en caso de que lograra aplicarse una sanción, ésta no estará orientada a recuperar los activos producto de la corrupción”, sentenció.